Extracto de Tesis de Maestría: Uriarte (2024). Modelo de Regalías Petroleras y su Relación con Mayores Ingresos para Nuevas Concesiones de los Campos de Producción Petroleros del Perú. Maestría en Ciencias de Ingeniería de Petróleo y Gas Natural. [Repositorio – Universidad Nacional de Ingeniería UNI], Lima-Perú. Disponible en: http://hdl.handle.net/20.500.14076/28814 En el mundo existen diversas formas de otorgar los derechos de exploración y/o explotación sobre los hidrocarburos, siendo potestad de cada país escoger y determinar el mejor mecanismo contractual a utilizar, dependiendo de varios factores, ya sean estos, políticos, sociales, legales, económicos, etc. Un tema importante también es la determinación de la propiedad de los hidrocarburos, pues ese será el punto inicial para que luego se pueda escoger la forma contractual más adecuada a utilizar. (Castagnino Abásolo, 2010)[1] [1] Castagnino R. (2010). Formas Contractuales en la Industria de Hidrocarburos Peruana. En Perú existen 2 modelos de contratos indicados en la Ley N° 26221 Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH): Contratos de Licencia y Contratos de Servicios, además, existe el Modelo de Contrato de Producción Compartida, empleado en Latinoamérica, si bien no se menciona en la LOH, se cita «otras modalidades de contratos». Artículo 66 – Recursos Naturales de la Constitución Política del Perú. Se indica la titularidad de los recursos naturales renovables y no renovables como patrimonio del Estado Peruano; donde las condiciones de uso y otorgamiento en concesión a particulares para uso, están regulados en la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Artículo 8.- Los Hidrocarburos «in situ» son de propiedad del Estado.El Estado otorga a PERUPETRO S.A. el derecho de propiedad sobre los Hidrocarburos extraídos para el efectode que pueda celebrar Contratos de exploración y explotación o explotación de éstos, en los términos queestablece la presente Ley.El derecho de propiedad de PERUPETRO S.A. sobre los Hidrocarburos extraídos, conforme se señala en elpárrafo anterior, será transferido a los Licenciatarios al celebrarse los Contratos de Licencia. Artículo 9.- El término «Contrato», comprende al Contrato de Licencia, al Contrato de Servicios y a otrasmodalidades de contratación que se aprueben en aplicación del Artículo 10. En los Contratos de Licencia se realiza la retribución hacia la empresa privada.En los Contratos de Servicios la retribución se da generalmente en dinero.En los Contratos de Producción Compartida la retribución es en especies. Contratos de Producción Compartida Ventajas del Modelo de Contrato de Producción Compartida Puntos Críticos del Modelo de Contrato de Producción Compartida En EBUSINESS & ENGINEERING, se promueve el análisis técnico especializado y la difusión de información clave sobre petróleo, gas natural y energía, contribuyendo a una mejor comprensión del sector hidrocarburos en el Perú y Latinoamérica.
Tipos de Contratos Petroleros en Perú y Latinoamérica
Extracto de Tesis de Maestría: Uriarte (2024). Modelo de Regalías Petroleras y su Relación con Mayores Ingresos para Nuevas Concesiones de los Campos de Producción Petroleros del Perú. Maestría en Ciencias de Ingeniería de Petróleo y Gas Natural. [Repositorio – Universidad Nacional de Ingeniería UNI], Lima-Perú. Disponible en: http://hdl.handle.net/20.500.14076/28814 Tipos de Contratos Petroleros en Perú En el Perú existen dos tipos de contratación para actividades extractivas en hidrocarburos: Contratos de Licencia y Contratos de Servicios. Ambos tipos de contratos y sus características están definidos en la Ley N° 26221 Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH)[1]. En la mencionada Ley se regula las condiciones de uso y el otorgamiento de los recursos de hidrocarburos a las empresas interesadas para su explotación en el territorio nacional. [1] Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH) Modelos de Contratos en la Exploración y Producción de Petróleo y Gas En el mundo existen diversas formas de otorgar los derechos de exploración y/o explotación sobre los hidrocarburos, siendo potestad de cada país escoger y determinar el mejor mecanismo contractual a utilizar, dependiendo de varios factores, ya sean estos, políticos, sociales, legales, económicos, etc. Un tema importante también es la determinación de la propiedad de los hidrocarburos, pues ese será el punto inicial para que luego se pueda escoger la forma contractual más adecuada a utilizar. (Castagnino Abásolo, 2010)[1] Puesto que la descripción de los contratos aplicados a la exploración y explotación (E&E) de hidrocarburos asume un determinado conocimiento de sus modalidades (asociado a los sistemas tributarios aplicados), se explicará de manera muy general, las estructuras contractuales usuales en el sector de hidrocarburos. Siguiendo a Johnston & Johnston (2002) y Johnston (2003) la Figura presenta el resumen, realizado por estos autores, de las formas contractuales generalmente utilizadas en el mundo. Por supuesto, no todos ellos son iguales, dado que dependen de las condiciones de cada país, sin embargo, esta forma de agrupación es bastante útil. (OLADE, 2010). Clasificación de contratos petroleros Fuente: (OLADE, 2010) En los Sistemas Contractuales la propiedad pertenece, generalmente al Estado; por su parte, en los contratos basados en Regalías e Impuestos la propiedad la asume la compañía que aporta con el capital de riesgo, en estos casos la participación del Estado se limita al cobro de regalías y/o impuestos. En los Sistemas Contractuales se realiza la retribución hacia la empresa privada, mientras que en los Contratos de Servicios la retribución se da generalmente en dinero, y en los Sistemas Contractuales de Producción Compartida la retribución es en especies. En los Contratos de Producción Compartida, entonces, la compañía privada puede comercializar la producción como considere apropiado, donde generalmente se le permite al operador del campo recuperar sus inversiones en opex y cápex previo al cálculo de la participación del estado. Los Modelos Contractuales de Servicios pueden ser clasificados en tres tipos: En Sistemas Contractuales es necesario definir quién asumirá los riesgos de la operación, cuando es el Estado el responsable, contrata a compañías de servicios para la ejecución de operaciones como perforación de pozos, mantenimiento, entre otros. Esto significa que si no se descubriera hidrocarburos y por el contrario el pozo estuviera seco, la pérdida de dinero es para el Estado y los pagos a la compañía de servicios se mantienen. Cuando es la compañía privada la que asume el riesgo, es el Estado quien sólo participa en descubrimientos comerciales y los descubrimientos infructuosos o pozos secos son asumidos por la compañía. En el Perú, el riesgo de operación viene siendo asumido por las compañías privadas por motivo de limitaciones presupuestarias del Estado; el abordaje del riesgo dependerá de la riqueza en hidrocarburos de una nación y la certeza de encontrar yacimientos comerciales. Características de los Modelos de Contratos Petroleros Wright & Gallun (2005) establecen las siguientes características de los sistemas contractuales antes mencionados: Contratos de Concesión (Sistemas de Regalías/Impuestos) Contratos de Producción Compartida Contratos de Servicios Formas contractuales en la Industria de Hidrocarburos Peruana A nivel mundial los sistemas de contratación para exploración y/o explotación petrolera son variados, y están relacionados con la propiedad de los recursos y los alcances de la cesión de derechos en la operación. Cada país selecciona los modelos contractuales más adecuados para su realidad y estbalece los mejores mecanismos contractuales para al gestión de sus recursos. De forma general y conforme a los modelos de contratos internacionales, se puede indicar que los sistemas contractuales petroleros son tres: La Concesión Es el primer mecanismo de contratación en la industria de hidrocarburos, utilizado en gran cantidad de países. El plazo de la concesión es determinado y durante este tiempo se ceden los derechos sobre vienes o servicios para realizar actividades de exploración, explotación o servicios. Los contratos de concesión son muy usados en Perú y de esta manera se asignaron los primeros derechos de exploración y explotación de hidrocarburos. La División de Producción o Producción Compartida Es un sistema contractual donde la producción es compartida o dividida entre el Estado y la compañía privada; la división puede ser expresada en inversión, en volumen de producción, entre otros. Permite una negoción abierta y directa entre las partes, permitiendo simular fórmulas de participación en las gnancias y producción. Contratos de Servicios En los sistemas contractuales de servicios el Estado paga a una compañía privada para la realización de servicios específicos en las operaciones petroleras de exploración o explotación. A nivel económico los pagos se realizan con recursos monetarios y no con producción, sin embargo, los pagos deben ser relacionados con la producción. Así como el Estado no ortoga gran cantida de derechos a los contratistas, el riesgo es asumido por el Estado, quien decide las actividades a realizar y realiza dirección sobre el contratista. [1] Castagnino R. (2010). Formas Contractuales en la Industria de Hidrocarburos Peruana. En EBUSINESS & ENGINEERING, se promueve el análisis técnico especializado y la difusión de información clave sobre petróleo, gas natural y energía, contribuyendo a una mejor comprensión del sector hidrocarburos en el Perú y Latinoamérica.